jueves, 20 de abril de 2017

El inspirador joven con parálisis cerebral que compite en la prueba más difícil de triatlón





Johnny Agar tiene problemas motrices desde su nacimiento por parálisis cerebral. Junto a su padre se entrena arduamente para cumplir el sueño de completar la exigente Ironman. Los detalles de una historia de perseverancia

En Michael Phelps encuentra su ejemplo, su inspiración para afrontar día a día una ardua rutina de entrenamiento. Con problemas motrices de nacimiento por parálisis cerebral, la historia de Johnny Agar despertó la admiración general en los últimos días. El joven de 22 años es el protagonista de uno de los videos virales más comentados en las redes sociales. "Crea en sí mismo", la insignia del corto describe la fuerza de voluntad del atleta.

En el horizonte, la meta que vislumbra no es nada menos que el final de la exigente prueba de triatlón Ironman, una de las más complejas y duras del mundo, que demanda largas horas de trayectos de carrera, natación y ciclismo. Su condición no es un impedimento. El sueño lo transita de la mano de su padre Jeff, un maratonista que le transmitió su pasión por las carreras. Utilizando un la bicicleta, un kayak inflable y con la ayuda de su andador.

"Mis padres tenían la opción de decirme que soy descapacitado y estoy destinado a vivir en una silla de ruedas. Pero no lo hicieron. Ellos decidieron darme una oportunidad, decidieron creer en mí", comentó el atleta.
Oriundo de Rockford (Illinois, EE.UU.), Agar se prepara para participar cumplir su objetivo. Para demostrar el esfuerzo y la determinación con que lo hace decidió imitar un comercial muy famoso de Phelps. En el clip se ve al maratonista estudiar los movimientos del nadador en una pista atlética, en un gimnasio y en una piscina. A pantalla dividida, mientras se muestra las destrezas del nadador, se lo visualiza entrenando con ejercicios de fuerza en un gimnasio y transitando la pista de atletismo con el andador.
La respuesta de los internautas fue inmediata. En poco tiempo, Agar se subió a la fama de cualquier personaje destacado de la red. Entre la lluvia de mensajes que le llegaron, recibió un reconocimiento inesperado. El propio Phelps -su "héroe", tal como lo define- lo felicitó por medio de su cuenta de Twitter y luego se comunicó para alentarlo en su lucha por cumplir el objetivo de completar la competencia.
"Tuve una conversación impresionante con Michael Phelps hace un rato! Me dio una charla para mi próximo Iron Man", expresó eufórico el joven.

Siempre en compañía de su padre, Agar ya compitió el año pasado en el certamen de Kona, Hawaii. En aquella ocasión superó el tramo de natación, pero se estancaron en la prueba de ciclismo y no pudieron completar los 225 kilómetros. Este año irá por la revancha. El trabajo y la perseverancia pueden más que una discapacidad. Rendirse no está en su vocabulario.



Se presentaron los nuevos trolebuses ( con rampas para personas con movilidad reducida)



Llegaron a la ciudad los primeros trolebuses de la Línea Q, que conectará la zona oeste y sudoeste con el centro y con Ciudad Universitaria.
Los coches tienen piso bajo, rampas para personas con movilidad reducida y equipos de aire acondicionado frío-calor.
El miércoles por la tarde arribaron al galpón de la Semtur y allí, la intendenta Mónica Fein estuvo presente y dijo: “Queremos reforzar el compromiso que asumimos para garantizar un mejor transporte para los usuarios y de manera sostenible”.
Los trolebuses se pondrán en funcionamiento a finales de mayo.
La jefa municipal explicó que “aún faltan 10 unidades más que van a estar llegando para que a finales de mayo empiecen a circular”, y destacó la participación del gobierno provincial en el financiamiento que posibilitó la compra de los coches. “Seguimos trabajando por un mejor transporte en la ciudad, eléctrico, sostenible y sustentable”, añadió.
“Desde el municipio tomamos el compromiso de mejorar el transporte público que utilizan cientos de miles de rosarinos a diario y en ese camino se sigue avanzado”, destacó por su parte la secretaria de Transporte y Movilidad, Mónica Alvarado, y agregó: “Al igual que lo hicimos con las nuevas unidades de la línea 122, incorporamos coches más confortables, de última tecnología y por sobre todas las cosas con un eje clave en las ciudades de hoy, como lo es el ahorro energético y el cuidado medioambiental. En ese sentido, entendemos que debemos seguir apostando por el transporte eléctrico, el cual es menos contaminante”.
Recorrido
En su recorrido, las unidades utilizarán el corredor de Av. Francia, tomando los pares San Juan – Mendoza y llegando a la Ciudad Universitaria, con una longitud total de recorrido de 25,6 kilómetros y con un trazado en común con la actual línea K de 11,4 km. Esta superposición entre ambas prestaciones permitirá además duplicar la oferta de servicios.
La empresa estatal Semtur será la encargada del nuevo servicio y contará con 12 unidades con autonomía, equipadas con baterías que admiten operar largas distancias alcanzando una independencia de hasta 20 Km. (ya que funcionarán sin catenarias hasta Av. Francia y Arijón), que demandaron una inversión de más de 4 millones de dólares. Otro de los beneficios con los que cuenta es su durabilidad, ya que supera la vida útil de los autobuses diésel.

martes, 11 de abril de 2017

La desafiante producción de fotos de modelos con síndrome de Down








La fotógrafa hindú Sanjyot Telang retrató a jóvenes que rompen con los estándares de belleza tradicionales. Las mejores imágenes
Sanjyot Telang es una fotógrafa que realizó una sesión de fotos de moda con mujeres jóvenes que viven con síndrome de Down
Hay una necesidad de explorar las versátiles interpretaciones de la belleza y aceptar más a todo tipo de personas a pesar de sus discapacidades”, dijo la artista
En la serie de fotos aparecen cinco modelos con síndrome de Down luciendo diferentes estilos y una inspiración latinoamericana
El proyecto, titulado “Moda Misfits” capturó a estas mujeres con diversos outfits para desafiar los estándares de belleza convencionales
El objetivo final del proyecto es demostrar que las modelos que viven con síndrome de Down también tienen su lugar en el mundo de la moda
“Siento que las personas con necesidades especiales han sido una parte ignorada de nuestra sociedad por mucho tiempo”, dijo Telang en una entrevista con BuzzFeed
La fotógrafa es hindú aunque vive en París y trabajó en conjunto con una ONG de Mumbai
“Con la ayuda de este proyecto, me gustaría crear un espacio en la industria de la moda y la publicidad, en última instancia, para abrir camino a las personas con necesidades especiales, para que puedan encontrar una manera de expresarse a la moda y convertirse en modelos a nuestra sociedad también”.En cada fotografía la artista intentó mostrar una crítica hacía los ideales de belleza convencional señalo la artista

“Contrariamente a lo que se cree, fue absolutamente fácil trabajar con estas chicas, ya que eran tan naturales y despreocupadas como las modelos profesionales frente a la cámara”, dijo la fotógrafa (Sanjyot Telang)

miércoles, 5 de abril de 2017

Qué dice la nueva ley de cannabis medicinal


 En su primera sesión del año, el Senado le dio sanción a la ley que permite el uso medicinal del cannabis, que ya había sido aprobada en noviembre por la Cámara de Diputados. Lo que se busca es tratar enfermedades como epilepsia refractaria, Parkinson, VIH, cáncer, esclerosis, autismo, atrosis y muchas otras.

Este es el texto completo del proyecto aprobado en Diputados y en Senado:
Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.
Artículo 2°. – Programa. Créase el Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud.
Artículo 3°.- Objetivos. Son objetivos del Programa:
a) Emprender acciones de promoción y prevención orientadas a garantizar el derecho a la salud
b) Promover medidas de concientización dirigidas a la población en general
c) Establecer lineamientos y guías adecuadas de asistencia, tratamiento y accesibilidad
d) Garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al Programa, en las condiciones que establezca la reglamentación.
e) Desarrollar evidencia científica sobre diferentes alternativas terapéuticas a problemas de salud, que no abordan los tratamientos médicos convencionales
f) Investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados en la terapéutica humana
g) Comprobar la eficacia de la intervención estudiada, o recoger datos sobre sus propiedades y el impacto en el organismo humano
h) Establecer la eficacia para cada indicación terapéutica, que permita el uso adecuado y la universalización del acceso al tratamiento
i) Conocer los efectos secundarios del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, y establecer la seguridad y las limitaciones para su uso, promoviendo el cuidado de la población en su conjunto
j) Propiciar la participación e incorporación voluntaria de los pacientes que presenten las patologías que la autoridad de aplicación determine y/o el profesional médico de hospital público indique, y de sus familiares, quienes podrán aportar su experiencia, conocimiento empírico, vivencias y métodos utilizado para su autocuidado
k) Proveer asesoramiento, cobertura adecuada y completo seguimiento del tratamiento a la población afectada que participe del programa
l) Contribuir a la capacitación continua de profesionales de la salud en todo lo referente al cuidado integral de las personas que presentan las patologías involucradas, a la mejora de su calidad de vida, y al uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.
Artículo 4°.- Autoridad de Aplicación. La Autoridad de aplicación debe ser determinada por el Poder Ejecutivo en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación. Se encontrará autorizada a investigar y/o supervisar la investigación con fines médicos y científicos de las propiedades de la planta de cannabis y sus derivados.
Artículo 5°.- La Autoridad de Aplicación, en coordinación con organismos públicos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe promover la aplicación de la presente ley en el ámbito de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Podrá articular acciones y firmar convenios con Instituciones Académico-Científicas, organismos públicos y organizaciones no gubernamentales.
Artículo 6°.- La Autoridad de Aplicación tiene la facultad de realizar todas las acciones requeridas para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios a efectos de llevar a cabo los estudios científicos y médicos de la planta de cannabis con fines medicinales en el marco del programa, sea a través de la importación o de la producción por parte del Estado Nacional.
A tal fin, la autoridad de aplicación podrá autorizar el cultivo de cannabis por parte del Conicet e INTA con fines de investigación médica y/o científica, así como para elaborar la sustancia para el tratamiento que suministrará el programa. En todos los casos, se priorizará y fomentará la producción a través de los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP.
Artículo 7°.- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados, cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente. La provisión será gratuita para quienes se encuentren incorporados al programa.
Artículo 8. REGISTRO. Créase en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación un registro nacional voluntario a los fines de autorizar en virtud de lo dispuesto por el artículo 5 de la ley 23.737 la inscripción de los pacientes y familiares de pacientes que, presentando las patologías incluidas en la reglamentación y/ prescritas por médicos de hospitales públicos, sean usuarios de aceite de cáñamo y otros derivados de la planta de cannabis, con el resguardo de protección de confidencialidad de datos personales.
Artículo 9°. – Consejo Consultivo. Créase un Consejo Consultivo honorario, que estará integrado por instituciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y profesionales del sector público y privado que intervengan y articulen acciones en el marco de la presente ley. Las instituciones que lo integren deberán acreditar que actúan sin patrocinio comercial ni otros conflictos de intereses que afecten la transparencia y buena fe de su participación.
Artículo 10. – El Estado nacional impulsará a través de los laboratorios de Producción Pública de Medicamentos nucleados en ANLAP, creada por la ley 27.113 y en cumplimiento de la ley 26.688, la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización en cantidades suficientes para su uso exclusivamente medicinal, terapéutico y de investigación.
Artículo 11°.– El Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Autoridad de Aplicación, dispondrá en la reglamentación de la presente las previsiones presupuestarias necesarias para su cumplimiento, las que podrán integrarse con los siguientes recursos: a) Las sumas que anualmente le asigne el Presupuesto General de la Nación a la Autoridad de Aplicación; b) Todo otro ingreso que derive de la gestión de la Autoridad de Aplicación; c) Las subvenciones, donaciones, legados, aportes y transferencias de otras reparticiones o de personas físicas o jurídicas, de organismos nacionales y/o internacionales; d) Los intereses y rentas de los bienes que posea; e) Los recursos que fijen leyes especiales; f) Los recursos no utilizados, provenientes de ejercicios anteriores.
Artículo 12°.– Adhesión. Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley, a los efectos de incorporarse al Programa, en el marco de los convenios que se celebren con la Autoridad de Aplicación.
Artículo 13°.– Reglamentación. La autoridad de aplicación debe reglamentar la presente ley dentro de un plazo no mayor a sesenta (60) días desde su publicación Boletín Oficial.
Artículo 14°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Descubrieron el supuesto origen del Alzheimer y el hallazgo sorprendió



Científicos italianos afirman que no está en el área del cerebro asociada a la memoria, sino en la muerte de neuronas en el área vinculada a los cambios de humor
Las conclusiones fueron publicadas por un estudio italiano en el Nature Communications. Los resultados demuestran, también, que la depresión sería una "espía" del Alzheimer y no viceversa.

La investigación, coordinada por Marcello D'Amelio, profesor asociado de Fisiologia Humana y Neurofisiología de la Universidad Campus Bio-Medico de Roma, lanza una nueva luz sobre esta patología.

Hasta ahora se considerada que el mal era debido a una degeneración de las células del hipocampo, área cerebral de la cual dependen los mecanismos de la memoria.

La nueva investigación, conducida en colaboración con la Fundación IRCCS Santa Lucía (instituto de internación y cura de carácter científico) y del CNR de Roma (Consejo Nacional de Investigaciones), apunta, en cambio, a poner la atención sobre el área tegmental ventral, donde es producida la dopamina, neurotransmisor vinculado con los cambios de humor.

Como en un efecto dominó, la muerte de neuronas encargadas de la producción de dopamina provoca un freno a la llegada de esta sustancia al hipocampo, lo que causa el "tilt" que genera la pérdida de recuerdos.

La hipótesis fue confirmada en laboratorio, ya que se suministraron en modelos animales dos diversas terapias dirigidas a restaurar los niveles de dopamina. Se observó que, de esta manera, se recuperan los recuerdos y también la motivación.

"El área tegmental ventral -aclaró D'Amelio- lanza dopamina también en el área que controla la gratificación. Por lo cual, con la degeneración de las neuronas dopaminérgicas, aumenta también el riesgo de pérdida de iniciativa".

Esto explica por qué el Alzheimer está acompañado por una evidente caída en el interés de la actividad hasta la depresión. Sin embargo, subrayan los investigadores, los cambios de humor asociados al Alzheimer no parecen consecuencia de su aparición, sino una "campana de alarma" sobre el inicio de la enfermedad.

"Pérdida de memoria y depresión -concluye D'Amelio- son dos caras de la misma moneda".


En el mundo, según el World Alzheimer Report 2016 de la Federación Internacional Alzheimer's Disease International (Adi), más de 47 millones de personas sufren de demencia, un número que está destinado a subir, a causa del envejecimiento de la población, a 13 millones en el 2050.

Plan Federal de Viviendas: Requisitos y Cupos



En nuestro país faltan mas de 1.600.000 viviendas y más de 2.000.000 de aquellas, requieren reparaciones importantes, esto es: más de 3.5000.000 de familias están en esta situación, circunstancia desde ya en la que se incluye en colectivo de personas con discapacidad y sus grupos familiares.

Ante esta infortunada realidad, existen algunos antídotos que bien utilizados pueden favorecer el cometido de llegar a la casa propia, es decir a tener nuestro hogar. Entre otras cuestiones, hay que señalar que la ley 26.182 estableció un cupo del 5% en los planes que se ejecuten con los fondos del "Fonavi" destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad. Veamos.

Los requisitos básicos para inscribirse en estos planes federales de vivienda, son: 
A- Constituir un grupo familiar. 

B- poseer documento de identidad argentino. 

C- - Ser mayor de 18 años 

D- - Ninguno de los integrantes del grupo familiar deberá ser beneficiario de ninguna vivienda o terreno otorgado por el estado argentino. E- Ninguno de los miembros de la familia deberá ser titular de bienes inmuebles. 

E- Cada municipio podrá a su vez establecer requerimientos complementarios. Este trámite en todos los casos es gratuito.

Para acceder a este plan nacional, la familia debe aportar o un ahorro económico o bien un terreno para poder acceder al crédito para adquirir una vivienda. Hay 2 líneas en el programa: 1- compra, y 2- construcción. En el 1º caso la vivienda podrá ser nueva o usada con un valor máximo de hasta $1.500.000. Debe ser destinada a vivienda única y de ocupación permanente. ¿Quiénes podrán acceder al programa? Familias con ingresos formales entre 2 a 4 salarios mínimos, vitales y móviles. El estado bonificará un monto del capital de ese crédito que será no rembolsable y se otorgará de manera directa a cada familia al momento de la escrituración. ¿De qué dependerá el monto de tal bonificación estatal? Básicamente de la composición del grupo familiar y del valor de la vivienda a comprar.

Especificamente, se aplicarán los siguientes recaudos tanto al titular como a su conyugue, a saber: 
1- Nacionalidad: ser Argentino, nacionalizado o extranjero con residencia permanente.
2-  Edad para acceder al crédito: 18 a 55 años. 
3- Antigüedad laboral minima: 1 año tanto en relación de dependencia como autónomos o monotributistas. 
4- No ser propietario ni copropietario de inmueble alguno. 
5- Buena calificación crediticia: ser calificado por entidad financiera regulada por el Banco Central de la República Argentina para recibir un crédito hipotecario, 
6- No estar inhabilitado por el banco central o por orden judicial. 
7- No registrar pedido de concurso o quiebra, embargos etc.

¿Qué parámetros se tendrán en cuenta para otorgar tales créditos? La cantidad de hijos, totalidad de integrantes de esa familia detentadores de discapacidad cualquiera fuera el tipo y grado en tanto se encuentre acreditada mediante C.U.D , Certificado Unico de Discapacidad, prestaciones que se reciba de la seguridad social, la edad del titular del crédito, y el carácter de familia monoparental.

¿Cómo se realiza este proceso de selección? primeramente el programa realizará la validación de las declaraciones juradas ingresadas por los candidatos tomando las bases de datos de Afip, Anses, y BCRA. A cada solicitud se le aplicará un puntaje, el que será auditado a su vez, por la universidad de Buenos Aires. Los resultados del proceso de selección se enviarán por correo electrónico a los inscriptos. Quienes resultaron seleccionados podrán presentarse en los bancos que participen en el referido programa.

Como dijimos, la ley 26.182 estableció un cupo del 5% en los planes que se ejecuten con los fondos del "Fonavi" destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad ¿Qué requisitos deberán cumplirse específicamente?. 1- Acreditación de discapacidad permanente del solicitante o del miembro del grupo familiar. 2- Si el solicitante no fuera la persona con discapacidad, habrá que acreditar el vínculo parental, (ascendiente, descendiente, o pariente por afinidad hasta 2º grado respecto de la PCD y que conviva con aquella). 3- Los familiares de la PCD que convivan con esta deberán acreditar que no poseen ningún otro inmueble. Importante: La escritura traslativa de dominio adjudicada por este cupo, deberá consignar la constitución de un usufructo vitalicio a favor de la persona con discapacidad, bajo pena de nulidad.

Concluyendo, estos programas federales de viviendas surgieron con el fin de solucionar problemas de crecimientos, empleos e inclusión social pretendiendo de ese modo mermar el déficit habitacional y procurando tangibilizar el llamado acceso a la vivienda digna, viabilizando de ese modo una mejor calidad de vida para los habitantes. 
Dra. Silvina Cotignola