martes, 10 de julio de 2012

La Comisión de Discapacidad de la Cámara de Diputados de la Nación solicitó la reglamentación de la Ley de Accesibilidad a la Información en las páginas web.


Descripcion de la imagen: fachada  del edificio del Congreso
A fines de la semana pasada, el proyecto presentado por la diputada Graciela Caselles, registrado bajo Ley Nº 26.653, publicada en el Boletín Oficial en noviembre del 2010, recibió el dictamen de la Comisión de Discapacidad.
Impulsado por los diputados Víctor de Gennaro y Héctor Piemonte, el pedido de reglamentación ya es un hecho para el Ejecutivo. Cabe destacar que la actuación de De Gennaro fue motivada por las consultas recibidas por la Secretaría de Discapacidad de la CTA, cuyo responsable es Carlos Ferreres.
En este marco, hay que destacar la participación de esta Secretaría en la Jornada “Por una web sin barreras para las personas con Discapacidad”, la cual tuvo lugar en el aula magna de la UTN el pasado martes 12 de junio. Allí, la diputada María Luisa Storani, Presidente de la Comisión de Discapacidad, también reclamó la reglamentación de esta ley que en su artículo primero establece que su objetivo es garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato a las personas con discapacidad, evitando así todo tipo de discriminación.
Garantizándoles el acceso a los contenidos de las páginas web del Estado nacional, los tres poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos, empresas prestadoras o contratistas de bienes y servicios, quienes deberán respetar en los diseños de sus páginas Web las normas y requisitos sobre accesibilidad a la información que regla la norma.
También las instituciones u organizaciones de la sociedad civil que sean beneficiarias o reciban subsidios, donaciones o condonaciones, por parte del Estado o celebren con el mismo contrataciones de servicios, deberán cumplir la norma.
En su artículo nº 3 deja en claro que “se entiende por accesibilidad a los efectos de esta ley a la posibilidad de que la información de la página Web, puede ser comprendida y consultada por personas con discapacidad y por usuarios que posean diversas configuraciones en su equipamiento o en sus programas”. Al respecto es importante considerar que las recomendaciones del web Accessibility del Word Wide Web Consortium (W3c-WAI) son quienes actualmente constituyen la referencia para las normas de accesibilidad en la web.

1 comentario:

  1. HOLA COMO HAGO PARA RENOVAR MI CARNET PASE LIBRE PROVINCIAL SE ME VENCIO EN DICIEMBRE GRACIAS ELBA ESTHER RAMIREZ DE OLAVARRIA

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