lunes, 11 de abril de 2016

Amparo a favor de menor para tratamiento en ciudad de Boston




  • En el marco de un amparo de salud ordena a una obra social, como medida cautelar y hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, la cobertura integral del tratamiento que una niña de tres años de edad que padece una grave enfermedad cardíaca debe realizarse en un centro médico de la ciudad de Boston, en los Estados Unidos. Señala que, según el dictamen del Cuerpo Médico Forense, la demandada pretendía una sustitución del prestador sin aportar elementos de validez científica que permitan admitir dicho cambio por prestadores del medio local. En consecuencia, entiende que corresponde hacer lugar a la cautela pedida, ponderando que el derecho a la vida -que incluye la salud- es el primer derecho de la persona garantizado por la Constitución y los Tratados Internacionales, más aún en el caso de una niña, de modo que no puede ser menoscabado sobre la base de la interpretación de normas legales o reglamentarias que tengan por resultado negar los servicios asistenciales que requiere la menor para su rehabilitación.
    • Fallo completo
        http://www.saij.gob.ar/una-obra-social-debera-cubrir-tratamiento-una-nina-tres-anos-una-clinica-estados-unidos-nv14133-2016-03-22/123456789-0abc-331-41ti-lpssedadevon?&o=0&f=Total%7CTipo%20de%20Documento%7CFecha%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D&t=1

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