lunes, 15 de noviembre de 2021

PREMATUROS SU LEGISLACIÓN






Cuando hablamos de los niños prematuros también hablamos de sus DERECHOS

LEY 27611

Entre los derechos que puedo mencionar es una reciente  que es el plan  de los 1000 días (en realidad es la ley (Ley  𝟮𝟳𝟲𝟭𝟭, que viene  a proteger, acompañar y asistir a las mujeres y personas gestantes durante el embarazo y a los niños y niñas hasta los tres años de edad.

 

Luego  de la sanción de la Ley 26710,  sobre el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo  se promulgó la ley ( llamada de LOS 1000  DIAS)   que tiene por objeto 𝘧𝘰𝘳𝘵𝘢𝘭𝘦𝘤𝘦𝘳 𝘦𝘭 𝘤𝘶𝘪𝘥𝘢𝘥𝘰 𝘪𝘯𝘵𝘦𝘨𝘳𝘢𝘭 𝘥𝘦 𝘭𝘢 𝘴𝘢𝘭𝘶𝘥 𝘺 𝘭𝘢 𝘷𝘪𝘥𝘢 𝘥𝘦 𝘭𝘢𝘴 𝘮𝘶𝘫𝘦𝘳𝘦𝘴 𝘺 𝘱𝘦𝘳𝘴𝘰𝘯𝘢𝘴 𝘨𝘦𝘴𝘵𝘢𝘯𝘵𝘦𝘴 𝘤𝘰𝘯 𝘰𝘵𝘳𝘢𝘴 𝘪𝘥𝘦𝘯𝘵𝘪𝘥𝘢𝘥𝘦𝘴 𝘥𝘦 𝘨𝘦́𝘯𝘦𝘳𝘰 𝘺 𝘥𝘦 𝘭𝘰𝘴 𝘯𝘪ñ𝘰𝘴 𝘺 𝘭𝘢𝘴 𝘯𝘪ñ𝘢𝘴 𝘦𝘯 𝘭𝘢 𝘱𝘳𝘪𝘮𝘦𝘳𝘢 𝘪𝘯𝘧𝘢𝘯𝘤𝘪𝘢.

Algunos de los puntos  de la ley dice:

- Nueva asignación por Asignación por CUIDADO DE SALUD INTEGRAL consistirá en el pago de una suma de dinero que se abonará una vez acreditado tal hecho ante el

ANSES

- Se elimina el requisito de la antigüedad para el cobro de la asignación por nacimiento y adopción.

- El Estado Nacional deberá implementar la PROVISION PUBLICA Y GATUITA de MEDICAMENTOS, LECHE, ALIMENTOS PARA EL CRECIMIENTO Y DESARROLLO SALUDABLE EN EL EMBARAZO Y LA NIÑEZ (hasta 3 años)

- Se crea en el ámbito del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) a fin de garantizar el derecho a la identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidas y nacidos.

- se crea Organización de servicios de salud para los niños y las niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años. Para aquellos  con antecedentes de parto pretérmino; cardiopatías congénitas; otras malformaciones o enfermedades congénitas, genéticas o metabólicas que impliquen un alto riesgo o impacto en la salud y calidad de vida.

- Se deberán incorporar en los efectores de salud el equipamiento para procedimientos y técnicas diagnósticas de las condiciones de alto riesgo para la salud de mayor prevalencia en los primeros años.

Estos son solo algunos puntos de la ley, si Queres  tenerla completa déjame debajo tu email y  te la email y te la envió.

LEY 26279

También hay otra legislación  como El programa Nacional de Pesquisa Neonatal ( ley a ley 26.279)

 

Es una prueba sencilla a partir de una muestra de sangre obtenida del talón del recién nacido. Se debe realizar a todos los bebés antes de su egreso de la maternidad, preferentemente entre las 48hs-72hs de vida. Este análisis permite detectar de manera precoz alguna de las siguientes enfermedades congénitas:

 

Hipotiroidismo congénito primario

Fenilcetonuria

Hiperplasia suprarrenal congénita

Fibrosis quística

Galactosemia

Deficiencia de Biotinidasa

En nuestro país, todos los recién nacidos tienen derecho a este estudio gratuito y obligatorio. La ley 26.279 establece la obligatoriedad de realizarlo tanto en los hospitales públicos como privados del país.

¿Por qué es importante este análisis?

En etapas tempranas estas patologías son inaparentes (ausencia de signos y síntomas clínicos evidentes) por lo que a través de la pesquisa se pueden detectar precozmente e implementar un tratamiento oportuno que prevenga discapacidades irreversibles a nivel mental y/o físico en el recién nacido. La clave, en todos los casos, es poder diagnosticarlas a tiempo para tratarlas y mejorar la calidad de vida de los niños.

¿Cómo obtengo el resultado?

Es importante solicitar el informe por escrito con el resultado de la pesquisa en el lugar del nacimiento y se debe concurrir con el mismo al control pediátrico.

Frente a un resultado positivo, dudoso o muestra inadecuada los equipos de salud se contactarán con la familia de forma inmediata, por lo que se recomienda que los datos de contacto sean fidedignos.

¿Qué sucede si el bebé tiene alguna de estas enfermedades?

Si el resultado del estudio revela que el bebé tiene alguna de estas enfermedades congénitas, la familia será informada y orientada para seguir el tratamiento y los cuidados necesarios.

Breve descripción de las patologías pequisadas

  • Hipotiroidismo Congénito: Se produce por la baja producción de la hormona tiroidea (T4) por parte de la glándula tiroides. La hormona tiroidea es muy importante para muchas funciones del cuerpo y su falta o disminución produce problemas de crecimiento y retraso mental irreversibles. El tratamiento es de muy bajo costo y consiste en un suplemento de la hormona tiroidea que el niño deberá tomar durante toda su vida. Las dosis variarán según el individuo y a lo largo de la vida. El hipotiroidismo congénito primario es la más frecuente de las enfermedades pesquisables (1 en 2000 nacimientos)
  • Fenilcetonuria (PKU): Es un trastorno del metabolismo de un aminoácido llamado Fenilalanina. De esta manera la fenilalanina se acumula en el organismo produciendo progresivo retraso psicomotor y retraso mental de mayor o menor severidad. El tratamiento para evitar estas secuelas consiste en la alimentación con leche de fórmula con contenido reducido de Fenilalanina. Su incidencia es del orden de 1:20000 recién nacidos.
  • Fibrosis Quística del Páncreas: Es una enfermedad genética, que afecta la función de múltiples glándulas del cuerpo haciendo que sus secreciones sean en consecuencia más espesas. Produce insuficiencia pancreática, alteraciones digestivas, respiratorias y sudor con alto contenido de sal. Su diagnóstico temprano mejora la calidad de vida de los pacientes, estado nutricional, crecimiento y función pulmonar. Su frecuencia en nuestro país es de aproximadamente 1:7000.
  • Galactosemia: Es un trastorno del metabolismo de un azúcar llamada Galactosa. Puede dar lugar a problemas hepáticos del recién nacido por intolerancia a la alimentación láctea. Se manifiesta con aumento del tamaño del hígado, coloración amarilla de la piel, falta de progresión de peso, cataratas e infección por una bacteria llamada E. coli potencialmente fatal en los recién nacidos. Es tratada con una dieta con restricción de galactosa que es eficaz para evitar estas manifestaciones. Prevalencia al nacimiento: aproximadamente 1: 50.000.
  • Hiperplasia Suprarrenal Congénita: Se trata de un defecto de la producción de las hormonas suprarrenales. Algunos recién nacidos no diagnosticados pueden fallecer por deshidratación y en el caso de las niñas el exceso de algunas hormonas masculinas puede llevar a masculinización de sus genitales externos. El diagnóstico precoz y el tratamiento inmediato previenen las manifestaciones severas y permiten el correcto desarrollo de genitales externos de los afectados. La prevalencia aproximada en nuestro país es de 1 en 18.000 recién nacidos.
  • Deficiencia de Biotinidasa: Es un trastorno del metabolismo de una vitamina llamada Biotina. En los afectados esta vitamina no es reciclada correctamente y no puede cumplir funciones biológicas muy importantes. El cuadro clínico de la enfermedad se caracteriza por síntomas a nivel neurológico, dermatológico, y crisis agudas con convulsiones. Todas estas secuelas con prevenibles con el diagnóstico temprano y tratamiento adecuado con Biotina. Su incidencia estimada es de 1 en 100.000 nacimientos.
  • LEY 14931

También Esta la ley ley 14.931 Sistema y/o Red de Seguimiento de Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo

Aquí va solo un pequeño resumen:

1)      Se crea el "Sistema y/o Red de Seguimiento de Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo" centrado en la familia, que tendrá como beneficiario directo a todo recién nacido prematuro que requiera de atenciones especiales por un período prolongado superior al que requiere la población en general.

2)     se entiende por recién nacido prematuro aquel recién nacido cuya edad gestacional es menor de 37 semanas, y posea un riesgo elevado de secuelas a lo largo de su desarrollo evolutivo y/o se posea una situación familiar de alta vulnerabilidad social.

3)     Todos los recién nacidos prematuros tienen derecho a nacer en un lugar adecuado, entendiéndose por tal, nacer en una institución que le brinde calidad en el proceso de atención desde el

4)     nacimiento, contando con la complejidad requerida para dar respuesta a todas sus necesidades

 En general se refiere a una cobertura INTEGRAL  Y SEGUIMIENTO  de  los efectores públicos y privados del sistema de salud provincial

LEY 1044

También puedo mencionar  otras leyes como  la ley 1044 en CABA ( LEY DE ANENCEFALIA)

 

Por la extensión de las leyes solo he publicado un resumen  puedo enviar las que no he podido subir , solo debes escribir en privado, será un gusto enviártelas

DESCARGAR LEY 27611 PLAN DE LOS 1000 DIAS

DESCARGAR LEY 1044 - Anencefalia

 DESCARGAR LEY 14.931- Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo

DESCARGAR LEY 26279. El programa Nacional de Pesquisa Neonatal





 

 

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