El presidente Alberto Fernández firmó el decreto que
reglamenta la ley 27.669 para la producción
industrial de cannabis y desde mañana, cuando aparezca en el Boletín
Oficial, el Estado se encontrará en condiciones de otorgar licencias para la puesta en
marcha de un nuevo sector de la economía
nacional.
La ley, sancionada
en mayo de 2022, tiene por objeto establecer la cadena de producción y
comercialización local o con fines de exportación de la planta, sus semillas
y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la
investigación científica, y al uso industrial. En la Rosada destacan que es
“el resultado del consenso legislativo, a partir de una iniciativa presentada
por el Poder Ejecutivo Nacional” que buscó canalizar demandas de la sociedad
vinculadas a los beneficios atribuidos al uso del cannabis con fines
medicinales.
En el Gobierno nacional estiman, con optimismo, que la industria cannábica
generará en los primeros años unos 10
mil puestos de trabajo para una demanda de aproximadamente seis millones de usuarios de esta
planta milenaria, y esa cifra solo apunta a los fines medicinales. Prometen,
también, que tendrán prioridad las pequeñas y medianas empresas, las
cooperativas y las economías regionales.
Para el
Gobierno, esta ley permite fomentar “el surgimiento de una industria
dinámica que involucra iniciativas del sector público, privado y de
organizaciones de la sociedad civil”. Este concepto será central en el
decreto firmado, además de por el Presidente, por los ministros Sergio Tomás
Massa y Carla Vizzotti y el jefe de Gabinete de Ministros, Agustín Rossi.
La idea es
otorgar al menos unas 80 licencias antes de fin de año a
través de la Ventanilla Única de la Agencia Regulatoria del Cannabis
(ARICCAME), conformada por esta ley pero ya en funcionamiento desde enero de
2023. “Avanzaremos en dos semanas con los emprendimientos que ya tienen las
autorizaciones a través del Ministerio de Salud”, adelantó Francisco
Echarren, presidente de ARICCAME, a este medio.
El THC
legal
La mayor
novedad del marco regulatorio es que considera “cannabis psicoactivo” aquellas
plantas con flores secas que superen en su composición química el 1% de
tetrahidrocannabinol (THC), por lo tanto, hasta ese porcentaje es legal a
partir de ahora la fabricación de productos a base de la sustancia, sin entrar
en conflicto con la legislación penal ni con las normativas internacionales.
El THC es
la principal molécula psicoactiva de la cannabis sativa. Y es por este componente que la ley
de drogas prohíbe la tenencia y cultivo de marihuana (y sus semillas) para uso
adulto, excepto a las personas y ONG’s que estén inscriptas en el Reprocann -el
registro de usuarios medicinales a cargo del Ministerio de Salud creado en
2021-, quienes pueden tener hasta nueve ejemplares en flor y
transportar hasta 40 gramos de cogollos y un máximo de 6
unidades de goteros de 30 mililitros.
Las
autorizaciones para particulares otorgadas por Salud no proponen un límite para
el THC. Es decir, la marihuana que los usuarios producen en sus casas
-ilegalmente o autorizados por el Reprocann- para uso medicinal o uso adulto
(mal llamado “recreativo”) contiene mucho más que 1% de tetrahidrocannabinol.
Según lo establece el reglamento de la ley, la
ARICCAME tendrá la potestad de actualizar esa proporción según se avance con
nuevos modelos de legislación, o descubrimientos científicos, tecnológicos e
industriales. También podrá establecer categorías especiales por sobre el
índice fijado, de acuerdo al destino de la producción.
La
discusión sobre el THC en la producción para uso “industrial u hortícola” fue una de las razones por las cuales se
demoró la firma del decreto, originalmente prevista para abril pasado. Hubo
objeciones pero finalmente ganó la postura de conservar esta proporción.
Además, respecto del borrador original que llegó a Rosada, se dispuso mayor intervención en el proceso de licencias de otros organismos
públicos, como el INTA, el Instituto Nacional de Semillas, la ANMAT o el SENASA, entre otros.
Cómo tramitar la licencia para producir cannabis
legal
Como autoridad de aplicación de la ley la
Agencia definirá las especificaciones y regulación de lo que se considera
“producto derivado” del cannabis: medicinal humano, veterinario, nutricional,
cosmético, industrial, de sanidad y fertilidad vegetal, pero la propia
reglamentación deja abierta la puerta para nuevas funcionalidades, “que surjan
a partir de la investigación científica y el desarrollo tecnológico e
industrial”. Por caso, la semilla como alimento o el aceite que se extrae de
esta es rico en Omega 3, 6 y 9. Y la fibra, como material textil puede reemplazar
otros que son contaminantes.
La ley establece una Ventanilla Única para
tramitar las autorizaciones y licencias para realizar las operaciones de
cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción
industrial, transporte y distribución, comercialización, y cualquier otra
actividad económica que integre la cadena productiva del cannabis, de la planta
de cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales,
industriales y de investigación.
En el Gobierno explican que servirá para
proporcionar una “mayor eficiencia” en las gestiones y trámites, unificar
procedimientos administrativos y expedientes, dar intervención a los
organismos con competencias específicas involucrados y facilitar el acceso y
difusión de la información de manera homologada, estandarizada, actualizada e
integrada.
“La Ventanilla Única es para que los trámites entren y
salgan por la Agencia, fue un pedido
especial de Sergio Massa con el fin de facilitar a los emprendedores
más débiles”, aclaró Echarren a este medio. Según el funcionario -que también
es intendente de la ciudad bonaerense de Castelli- se trata de “una reglamentación de vanguardia en todo el
mundo” basada en un modelo que fomenta el trabajo de las cooperativas
tomado, según explicó, de la legislación de Marruecos.
Aunque el trámite
se hará a través de la ARICCAME, los organismos públicos como INTA, INASE o
ANMAT deberán dar su aprobación a los proyectos sobre los que tengan
competencia. Tendrán un plazo máximo de 25 días para elevar sus informes sobre
cada pedido.
“La reglamentación
abre puertas, desde nuestro lado ANMAT
sigue con un rol clave para aprobar alimentos, cosméticos y medicamentos”,
celebró Carla Vizzotti, ministra de Salud, ante la consulta de Infobae, quien destacó los avances de
producción de aceites medicinales en La Rioja, que está por lanzar su producto,
Chubut y la ya establecida Jujuy.
“Cannava, de Jujuy,
está avanzando con ANMAT para distribuir su aceite en todo el país ya no solo
en la provincia. Todos los productos
tienen que tener tránsito federal. Además hay dos laboratorios
privados que ya comercializan. Eso va a favorecer acceso, bajar costos y se va a poder distribuir en
farmacias”, comentó la titular de la cartera sanitaria, que explicó que
aprobar estos productos es “prioridad”
para la Agencia de Medicamentos y detalló que “se armó un área específica para
esto”.
Salud, junto a
Ciencia y Tecnología, Seguridad y Economía, es parte de los ministerios que
tienen silla en el Directorio de ARICCAME. Dentro del marco de sus
responsabilidades y funciones, el Directorio tendrá la tarea de establecer en
la normativa correspondiente las condiciones generales y específicas para
evaluar las solicitudes de autorizaciones y licencias presentadas.
Además de los
criterios establecidos por la ARICCAME, se dará prioridad en
los procedimientos de evaluación y adjudicación de licencias y/o autorizaciones
a empresas cuya mayoría o totalidad del
capital social provenga de fuentes nacionales. También se considerará la
coincidencia de la sede social con la jurisdicción en la que se realiza la
actividad económica objeto de la solicitud.
Asimismo, se dará
prioridad si el 50 por ciento o
más de los roles de toma de decisiones, como la presidencia, administración,
dirección y gerencias, están ocupados
por mujeres o personas trans, y que la mitad o más de los puestos de trabajo del personal sean ocupados
por mujeres u otras personas con identidades no binarias.
Todas
las licencias tendrán una validez mínima de cinco años y serán renovables. Habrá siete tipos de licencia: de criadero, multiplicación y cultivo; de
servicios logísticos (transporte, distribución, almacenamiento, envasado,
entre otros); producción de derivados; comercialización de semillas,
plantines y esquejes y flores; para estudios y pruebas analíticas; y de
comercio exterior.
La ARICCAME es un organismo descentralizado, bajo la
órbita del Ministerio de Economía, que articula las acciones con todas las
provincias de la Argentina. La reglamentación establece la creación del Consejo Federal para el Desarrollo de la
Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal, que estará constituido por un
representante de la Nación y uno por cada provincia y por la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
El directorio de la
Agencia está activo desde enero y está conformado por el médico Marcelo Morante, como vicepresidente (por
parte del Ministerio de Salud); Mercedes
La Gioiosa (designada por Aníbal Fernández en representación de
Salud); Gabriel Giménez (por
Agricultura, viene del Instituto Nacional de la Semilla y es un gran conocedor
del mundo cannábico local) y la bióloga Varleria
Rudoy (por Ciencia y Tecnología).
“Queremos conformar una agencia de cannabis inteligente,
innovadora y que se ponga al servicio de
los productores, de las Pymes y de las cooperativas para generar empleo,
fortalecer las economías regionales y darle seguridad a millones de argentinos
en el consumo de nuevos productos medicinales”, consideró Echarren,
cuya expectativa es que Argentina se transforme en un “líder” de producción y
comercialización en América Latina con “reglas claras de incentivos y alivios
que promueven y fomentan la generación de empleo”.
El presidente de la
cámara empresaria de cannabis Argencann, Pablo Fazio, celebró la demorada
llegada del decreto. “Es motivo de festejo y un objetivo cumplido. Contar
finalmente con la reglamentación es un paso decisivo para la puesta en marcha
de la industria nuestro país. Ojalá sea
el punto de partida para abandonar prejuicios, alejarnos de las miradas
restrictivas e inaugurar un tiempo nuevo donde predomine la creatividad y la
audacia para liderar los procesos que el ecosistema del cannabis require”,
consideró.
Para Fazio será
fundamental avanzar en la determinación
de los usos y autorizar la comercialización de flor seca, el uso del cáñamo y
el CBD en alimentos, bebidas, suplementos dietarios, productos veterinarios,
cosméticos, entre otros.
Respecto de las
primeras autorizaciones, el empresario opinó que “en lo inmediato, es esperable
que en una primera tanda se homologuen las licencias de aquellos proyectos que
hayan sido autorizados al amparo de la ley 27.350 (ley de uso medicinal) y que
ya se encuentran en marcha. Es urgente hacerlo porque en todos los casos se han anticipado inversiones y buena parte de
los mismos está pagando salarios en un marco de enorme incertidumbre y
con escasas expectativas de generar ingresos”.
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