sábado, 4 de mayo de 2024

Se podrá reclamar el cobro de plus médico de IAPOS

IAPOS estableció el Servicio de Recepción y Gestión de Reclamos por Prácticas Abusivas para que los beneficiarios de la obra social puedan reportar situaciones en las que los proveedores no cumplan con los compromisos asumidos, como solicitar un pago adicional. Los afiliados tienen la opción de presentar reclamos de manera presencial en las dependencias del Instituto, a través del Centro de Atención Telefónica del IAPOS llamando al 0800 444 4276, o de forma online ingresando al sitio web www.iapossantafe.gob.ar/reclamos (con la opción de mantener en reserva la identidad del afiliado/a).

Los datos recolectados por el Centro de Gestión de Reclamos permitirán a la obra social evaluar el desempeño de los proveedores y tomar medidas correctivas según el «Procedimiento y Régimen Sancionatorio» establecido en los convenios con dichas entidades. El director del IAPOS, Oscar Broggi, afirmó que en la provincia de Santa Fe está prohibido cobrar pagos adicionales debido a una ley que lo prohíbe. Los afiliados pueden denunciar de forma anónima a través del sitio web del IAPOS. Los médicos denunciados son informados, se inicia un sumario y se les sanciona sacándolos del padrón, desde un mes hasta de forma permanente, dependiendo de la gravedad de la situación. El año pasado se recibieron 400 denuncias, de las cuales 200 fueron comprobadas.

Broggi también destacó que durante este año se han realizado tres grandes acuerdos de aranceles, uno a principios de año, otro en marzo y otro en agosto. La actualización correspondiente al último semestre (de agosto a diciembre) representa un aumento en el honorario profesional. En septiembre es de $2,500, en octubre $3,000 y en diciembre será de $3,800. La obra social garantiza a sus afiliados una cobertura de calidad sin necesidad de pagos extras. Los afiliados acceden a las prestaciones con la confianza de recibir atención oportuna y un trato adecuado, sin enfrentar requerimientos adicionales que impliquen discriminación o cobros indebidos por parte de los proveedores, quienes deben respetar los convenios establecidos con la obra social.

En la provincia de Santa Fe, la Ley N° 13731 del año 2017 prohíbe a los profesionales de la salud cobrar por encima de los aranceles acordados con las diferentes obras sociales y servicios prepagos, y otorga a la Defensoría del Pueblo la facultad de supervisar y tomar acciones correspondientes. La actualización de aranceles y honorarios profesionales se acuerda entre la obra social provincial y las Gremiales Médicas y Asociaciones de Clínicas y Sanatorios de cada departamento de la provincia.

 

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