La enfermedad de Alzheimer
es la demencia más frecuente en mayores de 65 años. Es irreversible y
progresiva, y va destruyendo la memoria y las aptitudes del pensamiento.
Con el tiempo, afecta la capacidad de realizar
las tareas más sencillas.
Los síntomas más comunes:
olvido de nombres de personas, lugares, y hechos recientes; cambios en el humor
y en la confianza hacia los demás. A medida que más zonas cerebrales se van
atrofiando, la persona afectada puede perderse y tener dificultad para manejar
el dinero, por lo que pasa a depender de la ayuda constante de sus cuidadores.
COBERTURA
La ley 24901, que protege
a las personas con discapacidad, progege también aquellas personas afectadas
con Alzheimer y otras demencias que tengan Certificado Único de Discapacidad (CUD)
Las prestaciones allí
enunciadas son meramente enunciativas.
La cobertura que la persona que necesite la persona con dicho
diagnóstico y prescripto por su médico tratante debe ser TOTAL E INTEGRAL.
En consecuencia, el carácter es OBLIGATORIO y no voluntario o
discrecional, con independencia de la condición social y/o económica del
afiliado o del plan que hayan contratado con su agente de salud.
Además se sanción posteriormente la Ley de medicina prepaga (ley
26.682) que en su art 7 deben cubrir, como mínimo en sus planes de cobertura
médico asistencial, las mismas prestaciones básicas previstas en la ley 24.901.
Esto significa que es indiscutible hoy la equiparación obligacional de dichas
empresas con las obras sociales.
Tuviste o tenés problemas
con la cuota alimentaria de tus hijos comunícate conmigo que puedo ayudarte
𝐕𝐞𝐫𝐨𝐧𝐢𝐜𝐚 𝐕𝐞𝐥𝐚𝐬𝐜𝐨
𝐓𝐞𝐥𝐞𝐟𝐨𝐧𝐨 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐜𝐭𝐨 𝟑𝟒𝟏𝟔𝟎𝟏𝟏𝟑𝟎𝟗
No hay comentarios:
Publicar un comentario