Si bien el juicio de Curatela como lo he llamado hoy es solo una excepción, la siguen pidiendo
Hay un largo camino que recorrer y leyes que cambiar hasta
que la Convención de personas con discapacidad vaya modificando , leyes,
decretos, y paradigmas de políticos y jueces… que siguen con el viejo modelo
medico
Al cumplirse los 18 años de edad, cesa la patria potestad
que ejercen los padres sobre sus hijos y, de esta manera, aquellos dejan de ser
sus representantes legales.
La persona con discapacidad mental queda desprotegida, tanto su persona como su patrimonio, si no está hecha la curatela. ( o la restricción de capacidad)
Esto implica que, si la persona tiene bienes a su nombre, no hay
nadie que pueda administrarlos ni venderlos.
En el caso de que
fuera necesario realizar cualquier tipo de acto o incluso interponer una
demanda judicial a nombre de la persona con discapacidad, tampoco existiría una
persona que pudiera representarla.
Asimismo, si la persona recibe algún tipo de pensión, se
puede llegar a requerir un curador a fin de que pueda percibirla a su nombre.
La falta de representación legal sobre una persona con
discapacidad mental puede ocasionar diversos inconvenientes con las Obras
Sociales, las cuales generalmente solicitan el trámite de la curatela como
condición para mantener la afiliación.
También hay ese problema con los Bancos y hay otras
reparticiones públicas que lo solicitan. Por lo tanto en esos casos si es
necesario hacerla
Verónica Velasco
Abogada- Mediadora
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